La Seguridad
En el post de hoy del proyecto ayuda humanitaria PGPB, Plataforma Global Patrón Básico, te presentamos un nuevo capítulo del libro el Pacto Humanitario, que vamos desglosando en capítulos. Queremos lograr ese ingreso básico universal, esa renta básica universal, esa lucha contra el hambre que estamos anhelando con nuestra plataforma Global Patrón Básico. El capítulo de hoy es: La Seguridad
Se refiere a la necesidad de libertad y a las exigencias económicas de su servicio público.
En términos generales, la seguridad se define como “el estado de bienestar que percibe y disfruta el ser humano”. Se desarrolla como concepto integral de seguridad. Mientras la noción seguridad humana se centra en el usuario final de la seguridad, el ser humano, con reglamentos que lo protegen de abusos por parte del Estado, la noción de seguridad nacional apunta a la seguridad y defensa de la Nación.
El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) es uno de los puntos de partida en la consideración de la seguridad humana, a través de su Informe sobre el Desarrollo humano de 1994 que entre otras cosas estableció el índice de desarrollo humano (IDH); argumenta que la mejor forma de luchar contra la inseguridad global es garantizar las libertades o ausencias de necesidad y miedo. El concepto de seguridad humana está asociado a la globalización, las relaciones internacionales y los derechos humanos.
El Estado, como máximo exponente del poder público y primer regulador de las relaciones en sociedad, no sólo establece las disposiciones legales a seguir, sino que en un sentido más amplio tiene la obligación de crear un ámbito general de “seguridad jurídica” al ejercer el poder político, jurídico y legislativo. La seguridad jurídica es, pues, la garantía dada al individuo por el Estado de modo que su persona, sus bienes y sus derechos no serán violentados o que, si esto último llegara a producirse, le serán asegurados por la sociedad la protección y reparación de los mismos.
La seguridad ciudadana es aquella situación donde las personas pueden vivir libres de amenazas, violencia y delitos, es una condición donde las personas viven libres de la violencia practicada por actores estatales o no estatales. El Estado tiene las capacidades necesarias para garantizar y proteger los derechos humanos directamente comprometidos frente a las mismas.
La seguridad ciudadana es la acción integrada destinada a asegurar la convivencia pacífica que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía y de otras organizaciones de bien público que persigue erradicar la violencia, la utilización pacífica y ordenada de vías y de espacios públicos, y evitar la comisión de delitos contra las personas y sus bienes. Es el conjunto de acciones democráticas en pro de la seguridad de los habitantes y de sus bienes, y ajustadas al derecho de cada país. La seguridad ciudadana garantiza que se puedan ejercer los derechos individuales sin impedir a los demás disfrutar de los suyos.
Cuando el Estado no es capaz de reaccionar de una forma eficaz ante la violencia y el delito, con políticas ineficaces, como el aumento de las penas, la reducción de garantías procesales, o medidas para aplicar el derecho penal a menores de edad, pueden derivar en movimientos paramilitares o parapoliciales, milicias de “autodefensa”, complicando la situación. El reto actual es armonizar el ejercicio de los derechos humanos de cada uno con las distintas políticas en materia de seguridad ciudadana de los Estados. Se usa a menudo el término “seguridad ciudadana” en referencia al orden público o a la seguridad pública.
El origen moderno del concepto de seguridad ciudadana deriva del ideal liberal del orden público, que aparece en el artículo noveno de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, documento fundamental de la Revolución Francesa: “nadie puede ser inquietado por sus opiniones, incluso las religiosas, siempre y cuando su manifestación no altere el orden público establecido por la ley”.
Los límites de la libertad, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre en poder hacer todo lo que desea, son aquellos que aseguran el disfrute de estos mismos derechos a los otros miembros de la sociedad; estos límites sólo pueden estar determinados por la ley. El orden público se establece como garantía y límite de la libertad, y consiste en que nadie pueda hacer nada que sea perjudicial a los demás.
El concepto seguridad ciudadana es mucho más amplio que el de orden público, incorpora los valores del Estado social y democrático, y garantiza la calidad de vida. Al colocar en el mismo plano los conceptos de democracia y seguridad, percibimos frente a las demandas de seguridad el riesgo de la democracia asociada a sentimientos de peligro, miedo y urgencia. Se deja de lado el paradigma del orden, para ubicarnos en el de la seguridad urbana de las personas, no del Estado.
El uso de distintos términos de seguridad ciudadana, seguridad de los habitantes o orden público, como eufemismos de “represión”, por los diferentes regímenes dictatoriales de la segunda mitad del siglo XX hacen que no siempre se asocie a valores ligados a la libertad. El término “seguridad ciudadana” fue usado por las fuerzas armadas en los años 60 como aplicación de doctrinas represivas.
La seguridad ciudadana también se refiere a riesgos o amenazas no intencionadas, accidentes de tránsito, desastres naturales, o de tipo económico y social, fraudes, delitos ecológicos, corrupción política... Se aprecian dos grandes esferas de actuaciones: las que se ocupan de los orígenes y consecuencias de la delincuencia, entendida como amenaza a los individuos, sus bienes y su estabilidad; y las relacionada con las fuerzas y estructuras que son las responsables de enfrentar dichas amenazas, como los cuerpos de policía, las fuerzas armadas y, más recientemente, modalidades diversas de seguridad ciudadana: comunitaria y privada.
El concepto de seguridad debe poner mayor énfasis en el desarrollo de las labores de prevención y control de los factores que generan violencia e inseguridad, que en tareas meramente represivas o reactivas ante hechos consumados. Hoy en día, los Estados democráticos promueven modelos policiales acordes con la participación de los habitantes, bajo el entendimiento de que la protección de los ciudadanos por parte de los agentes del orden debe darse en un marco de respeto de la institución, las leyes y los derechos fundamentales.
Desde la perspectiva de los derechos humanos, cuando en la actualidad se habla de seguridad no nos limitamos a la lucha contra la delincuencia, sino que estamos hablando de cómo crear un ambiente propicio y adecuado para la convivencia pacífica de las personas. El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo califica la seguridad ciudadana como aquella seguridad humana que previene contra el delito súbito contra las personas y su patrimonio, puede ser definida inicialmente como la protección universal contra el delito violento o predatorio, o como el ejercicio del desarrollo humano.
El Estado es el que garantiza y ordena la seguridad ciudadana a través del monopolio de la violencia o el uso de medios coercitivos, siempre que esté legitimado por elecciones o referéndums, que son expresiones democráticas.
La autoridad es ejercida por los poderes públicos con capacidad para obligar a la ciudadanía a cumplir ciertos mandatos. Este poder, entendido como una cesión voluntaria de libertades al Estado, es ejercido de acuerdo a los tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. Son instituciones de gran importancia los parlamentos y senados, el Ministerio del Interior, el Ministerio Público y los tribunales de justicia, tanto de cada país como internacionales, pues ordenan y coordinan de forma directa dicha autoridad.
Las fuerzas policiales, que regulan la acción ciudadana, tienen atribuciones tanto de prevención, de ordenamiento del tráfico, de actuación tras el delito o falta, investigando y deteniendo a sospechosos de haber incumplido la ley para ponerlos a disposición de la autoridad judicial. En la actualidad, el modelo de policía que se pretende adoptar es el de garantizar la seguridad ciudadana, que se distingue de la utilizada para la defensa de los intereses del Estado. La necesidad social de seguridad de personas y bienes justifica, de por sí, la existencia de la policía, y los ciudadanos son los primeros interesados en colaborar con la actuación policial en el mantenimiento de la seguridad pública.
La mayoría de los ejércitos profesionales se encargan de la defensa nacional, pero también participan e mantener la seguridad ciudadana en situaciones de emergencia, como desastres naturales, atentados terroristas o asistencia a los civiles en conflictos bélicos. De hecho, existen instituciones militares dedicadas por completo a estas labores.
La seguridad privada lleva a cabo la protección de personas que así lo solicitan, edificios y otras instalaciones, o control de accesos en locales de ocio y eventos multitudinarios. La autoridad que posee suele ser menor y sus actuaciones son meramente disuasorias o de detención temporal hasta que la policía se hace cargo del detenido.
El ciudadano además de legitimar democráticamente las anteriores formas de autoridad, contribuye moderando sus propias acciones, denunciando actividades ilícitas, organizándose en asociaciones de prevención y concienciación.... cumplen el papel más importante en la seguridad ciudadana. Las teorías anarquistas rechazan la existencia de cualquier tipo de autoridad externa al individuo, que incluye al Estado y cualquier tipo de coerción.
En el contexto internacional existe una gran preocupación por asegurar que las acciones de los distintos Estados para garantizar dicha seguridad no acaben amenazando los derechos de los ciudadanos. Es la manera en la que cada Estado aplica la política en materia de seguridad ciudadana lo que determina su eficacia.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha manifestado que los altos niveles de criminalidad en ciertas zonas del planeta acompañada por violencia contra las personas, genera también alarmas para la gobernabilidad democrática y la vigencia del Estado de Derecho, lo que se traduce en los bajos índices de confianza que la población manifiesta tener hacia los gobiernos, los parlamentos, la policía y el sistema judicial.
En el marco de las herramientas previstas en los instrumentos internacionales de derechos humanos y la vigencia del estado de derecho, los Estados deben encontrar respuestas a los problemas derivados de la violencia para la superación de la pobreza y el pleno respeto a los derechos humanos y la dignidad de las personas.
La citada Comisión matiza: “frente a esta situación, en varios países de la región se ha apelado a políticas que han resultado históricamente ineficaces para solucionar las demandas sociales sobre seguridad ciudadana, basadas en el incremento de la presión punitiva, reducir las garantías procesales o bajar la edad de imputabilidad para aplicar el derecho penal de adultos a los niños y niñas. Por otra parte, la falta de una adecuada respuesta del Estado ante la violencia y el delito, en ocasiones ha conducido a reproducir lógicas de relacionamiento social fundadas en la intolerancia y la estigmatización de personas o grupos de personas, favoreciendo la aparición de casos de violencia extralegal, de los cuales son responsables los llamados grupos de “limpieza social”, como “escuadrones de la muerte” o grupos parapoliciales y paramilitares. Si el Estado se extralimita en sus funciones o ignora los derechos de los ciudadanos aumenta la inseguridad ciudadana.
La seguridad ciudadana se explica cómo las accione destinadas a proteger al ciudadano sin que con ello se violen sus libertades. Sin embargo, existen muchos casos en los que la aplicación práctica de los recursos ideados para proteger al ciudadano se vuelven en su contra, aumentando la desconfianza de este en el sistema.
Un claro ejemplo de este menosprecio a la seguridad jurídica de los habitantes es el que se produce cuando los medios que el Estado ha diseñado para salvaguardar la seguridad ciudadana u otros bienes jurídicos se aplican para reprimir las muestras de descontento de la población, como las manifestaciones pudiendo así llegar a constituir un caso de represión política, las multas coercitivas, el pago de determinadas tasas o la complicada burocracia que impide que los ciudadanos ejerciten de una forma plena sus derechos.
Diversas actuaciones de los estados en materia de lucha antiterrorista han sido muy criticadas por violar los derechos fundamentales de las personas y no contribuir a la seguridad ciudadana como tal, sobre todo enmarcadas dentro de la guerra contra el terrorismo.
La protección civil se lleva a cabo por el Estado con diferentes tareas para evitar la inseguridad ciudadana como: la prevención del delito basado en la existencia de una legislación que establece un marco normativo en el que el Estado limita las acciones del ciudadano, y establece el límite de estas acciones para protegerlo de los abusos del sistema; investigación del delito permitiendo a la justicia descubrir y condenar al culpable de este; ordenación de los espacios públicos a través de normativas e inspecciones técnicas reservados para eventos, conciertos, manifestaciones, mítines políticos o acontecimientos deportivos; accesos, protección contra incendios, alarmas... ; protección y custodia de personas e instituciones contratando servicios de profesionales de la seguridad privada; control de armas regulando el derecho de uso; asistencia de emergencia y urgencia al ciudadano a través del servicio de protección civil, que coordina a la policía, los bomberos y la asistencia sanitaria de urgencia.
Otras actuaciones concretas en materia de seguridad llevadas a cabo por los Estados son: contraterrorismo con los controles aeroportuarios o las listas negras de personas; seguridad vial destinada a controlar el tráfico rodado y disminuir tanto el número de accidentes como la mortalidad; narcotráfico, tráfico de personas y tráfico de armas luchando contra las mafias; asistencia especializada en delitos especiales como la violencia de género, acoso laboral, escolar o ciberacoso, contra minorías étnicas o colectivos, delitos informáticos... evitando que se atente contra la integridad y dignidad de los ciudadanos.
Finalmente, la seguridad y salud laboral tiene por objeto la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. Se construye en un medio ambiente de trabajo adecuado, con condiciones de trabajo justas, donde los trabajadores y trabajadoras puede desarrollar la actividad con dignidad y donde sea posible su participación para la mejora de las condiciones de salud y seguridad. De esta materia se ocupa el convenio 155 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente del trabajo.
122 Como hemos visto la seguridad humana, en todas sus facetas, es una necesidad básica prestada por los Estados como un servicio público que necesita de los adecuados recursos económicos para ser efectiva. Dado que en el actual modelo los recursos económicos son limitados, se hace necesario plantear una nueva aplicación del Pacto Humanitario, que financie a los Estados para poder beneficiar la seguridad de sus ciudadanos.
“Sin seguridad no hay vida digna”, es evidente, la seguridad es una necesidad básica, esencial. Esta certeza, que nadie puede dudar, ni querer poner a prueba para verificar su evidencia, pues es evidente que es cierto que la seguridad, como condición de vida digna, tiene valor esencial de subsistencia para el ser humano civilizado, da pie a pensar que la mejor manera para poder solucionar los perjuicios a las personas, es usar el valor que tiene la seguridad como valor básico mínimo de subsistencia para financiar la seguridad pública de los Estados y los individuos, con dinero transferido del Certificado Valor Agregado de Subsistencia, correspondiente al Activo Patrimonial Agregado del Fondo de Subsistencia del Banco Mundial, anotando en el Activo: Seguridad, y en el Debe: saneamiento de la Tierra, acordado por un Pacto Humanitario entre todos, por sufragio universal.
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